Protocolo protección del menor
PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR
El documento protección para la protección de menores, frente a la violencia en las actividades deportivas de la F.B.M. adaptado a la L.O. 8/2021 de 4 de junio, sirve de guía a los clubes de la F.B.M. , entre ellos a nuestro club, realizado con la colaboración de CLC Sport & Legal, en ls asuntos relativos a la protección del menor en el ámbito de la práctica del baloncesto. En esta norma se indica la obligación de contar en el club, con un delegado/a de protección del menor. que de conformidad con el contenido del artículo 48.1 de la LOPIVI,, será la persona al que “las personas menores de edad puedan acudir para expresar sus inquietudes y quien se encargará de la difusión y el cumplimiento de los protocolos establecidos, así como de iniciar las comunicaciones pertinentes en los casos en los que se haya detectado una situación de violencia sobre la infancia o la adolescencia”.
La persona asignada para el cargo de delegado de protección del menor, será David Álvarez Díez, pudiendo contactar mediante teléfono (657 56 87 24) o mediante correo electrónico protecmenorastros@gmail.com), quedando garantizada la confidencialidad del asunto que el menor o sus tutores, quieran tener en todo momento, procurando resolver el problema siendo la prioridad la protección del menor y que este/a pueda realizar su actividad deportiva en un entorno seguro y saludable.
Las funciones del delegado de protección del menor, consisten en velar por la protección a los menores que participan en las actividades deportivas y de ocio de la FBM de todo tipo de violencia, adoptando o recomendando las medidas de actuación que procedan, velar por la aplicación y ejecución del presente Protocolo, estableciendo las condiciones necesarias para crear un entorno deportivo seguro y una cultura del buen trato a los menores, del respeto, la igualdad y la inclusión, libre de todo tipo de violencia, especialmente en aquéllos/as puedan presentar alguna situación de diversidad funcional o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad. Instruir y tramitar los expedientes informativos que correspondan por situaciones de violencias sobre los menores, a fin de proceder a comunicar los mismos a las autoridades que correspondan, como en su caso, para formular la correspondiente denuncia ante los órganos disciplinarios, ya sean de la Federación, o en su ámbito, del club o la entidad deportiva. Guardar debida confidencialidad de las informaciones, expedientes y asuntos que se tramitan garantizando la debida protección de la identidad de los menores. Adoptar las medidas preventivas y precautorias que procedan en defensa del interés del/la menor que haya podido ser víctima de una situación de violencia. Velar por la debida reintegración a la actividad deportiva del/la menor que ha sido víctima de la situación de violencia, fomentando y favoreciendo la continuidad en la práctica deportiva del menor.
Otras funciones del delegado serán: Promover la formación en la prevención, la detección precoz de la violencia y la protección de los niños, niñas y adolescentes, dirigiendo las oportunas campañas al personal que trabaja en las instalaciones deportivas; a los/as que realizan su labor en los clubes y entidades deportivas (deportistas, entrenadores, técnicos, monitores, colaboradores, personal voluntario y directivos); y a los progenitores o quienes ejerzan la tutela, guarda o acogimiento. Promover, en aquellas situaciones que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos de carácter personal de las personas menores de edad, la comunicación inmediata por parte de la FBM a la Agencia de Protección de Datos. Fomentar la vida saludable de los deportistas, incluyendo la educación alimentaria y nutritiva en el ámbito deportivo, que permita a los niños, niñas y adolescentes, en especial a los más vulnerables, llevar una dieta equilibrada.
El documento se puede descargar y leer en el siguiente enlace:
Protocolo Protección Menores frente Violencia FBM (v.1 ABRIL 2022).pdf